Baja automática del servicio de débito directo en cuenta bancaria (CBU)

¿A quiénes afecta?

Trabajadores Autónomos (RG 2217).

Personal de Casas Particulares (RG 3693).

Régimen Simplificado de Monotributo (RG 4309).

Proceso de Notificación y Baja:

Cuando se produzca el tercer (3º) rechazo consecutivo, ARCA notificará al contribuyente a través del Domicilio Fiscal Electrónico (DFE) para que regularice la situación que impide el cobro (ej. cuenta cerrada, sin fondos, orden de no pagar).

Si se produce un cuarto (4º) rechazo consecutivo, la adhesión al débito directo será dejada sin efecto automáticamente.

Reincorporación:

Si el débito directo es dado de baja, el contribuyente que desee volver a utilizar esta modalidad de pago deberá gestionar una nueva adhesión al servicio.

Objetivo:

La norma busca evitar los costos operativos que se generan para el organismo a causa de los rechazos bancarios reiterados.

Vigencia:

La resolución entra en vigencia el día 19 de noviembre de 2025.