Presentación de Declaración jurada ante Bancos

La RG 5696/2025 prohíbe a los bancos exigir declaraciones juradas (DDJJ) impositivas, protegiendo el secreto fiscal. Sin embargo, se genera una tensión con las normas del BCRA y la UIF, que obligan a las entidades a verificar el origen de los fondos y conocer al cliente.

En la práctica, esto significa que:

No es obligatorio: El banco no puede condicionar sus servicios a la entrega de tus DDJJ (Ganancias/Bienes Personales).

La justificación persiste: Sigues obligado a justificar el origen de tu dinero ante alertas del banco.

La solución actual: Los bancos solicitan documentación. El cliente puede voluntariamente entregar sus DDJJ (que suele ser lo más práctico) o debe optar por alternativas más costosas o burocráticas (como certificaciones contables, facturas o recibos de sueldo).