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- Marco normativo
• Decreto 551/22: creó el Programa Puente al Empleo, con el objetivo de transformar planes sociales en trabajo registrado.
• Decreto 1085/24: prorrogó la vigencia del programa hasta el 31 de diciembre de 2026.
• Resolución General Conjunta 5751/25 (Ministerio de Capital Humano y ARCA): reglamenta los beneficios concretos para empleadores y trabajadores.
- Beneficios principales
• Reducción de contribuciones patronales
o El empleador que incorpore trabajadores bajo este programa obtiene una rebaja de entre 50% y 100% en las contribuciones patronales.
o Se aplica durante 12 meses.
o La reducción alcanza a las contribuciones destinadas a:
SIPA (jubilaciones)
INSSJP (PAMI)
FNE (Fondo Nacional de Empleo)
RNAF (Régimen Nacional de Asignaciones Familiares).
• Compatibilidad con programas sociales
o Si el trabajador percibía un plan o asignación social, ese monto se puede imputar como parte del salario.
o Ejemplo: si cobra $80.000 de plan y entra al programa con un sueldo de $300.000, el empleador paga $220.000 y el resto lo cubre el beneficio.
• Condición clave
o La incorporación debe significar un incremento neto en la nómina.
o Es decir, no sirve reemplazar a un empleado que se fue, sino aumentar la cantidad de personal registrado.
- Objetivo del programa
• Formalizar empleo: que los beneficiarios de planes sociales ingresen al trabajo registrado.
• Incentivar la contratación reduciendo el costo laboral inicial para el empleador.
• Generar estabilidad: luego de 12 meses, el trabajador queda plenamente dentro del régimen general.